La reforma de la legislación penal en materia sexual entró en vigor el 1 de julio de 2024. Principales novedades:
- Ampliación del tipo de delito de violación: ahora también se incluyen a los hombres y las penetraciones no vaginales
- «No significa no»: lo fundamental es el desprecio de la voluntad contraria; el silencio o la paralización («freezing») se consideran un «no»
- El «stealthing» es expresamente punible
- Delitos sexuales cibernéticos: el envío de imágenes de desnudos no deseadas («dickpics») se considera acoso sexual
- Aumento de las penas para los grupos de agresores y las víctimas especialmente vulnerables
Para las personas que ejercen el trabajo sexual, la reforma supone una importante mejora en materia de protección: incluso dentro de una cita acordada, cualquier acto solo se considera consentido si el consentimiento existe realmente.